“La familia es el núcleo fundamental de la sociedad… es deber del Estado resguardar la seguridad nacional, dar protección a la población y a la familia, y propender al fortalecimiento de esta” – Artículo 1 de la Constitución Política de la República.

Nos referimos al Matrimonio y a la Familia de forma conjunta, porque no comprendemos uno sin el otro.

La familia es la comunidad de padres e hijos unidos con lazos de sangre y fundamentada en el matrimonio. No desconocemos que existen distintas formas de organización de las familias, las que de igual manera, encuentran su raíz común en la unión de un hombre y una mujer por cuyo amor conyugal se da origen a su descendencia. Comunidad y Justicia trabajará para sostener y defender esta definición frente a los Tribunales, a la Administración Pública y al Legislador.

Hoy en día, promover y fortalecer la familia como núcleo fundamental de la sociedad exige ir mucho más allá que simplemente mantener una definición de esta en nuestra legislación. La experiencia nacional hoy nos muestra su progresivo debilitamiento por una combinación de factores que han afectado la forma en que los chilenos concebimos el matrimonio. Una renovación cultural en torno al valor del matrimonio y sus fines exige un compromiso personal y social de todos quienes creen en la concepción conyugal de la institución matrimonial. Pero para lograr esa renovación, es indispensable que mantengamos en nuestra legislación la concepción conyugal del matrimonio como fundamento de la familia que cumple su función social.
En última instancia, creemos que el interés del Estado en intervenir en la regulación matrimonial tiene poco y nada que ver con el reconocimiento del vínculo emocional entre personas adultas, sino que con la preservación y protección de los derechos de los niños que tienen su fuente en la unión entre un hombre y una mujer, buscando regular el marco jurídico que mejor asegure la estabilidad de su familia, su mantención y crianza.
Por último, la defensa de la familia es indisociable de la defensa de los derechos de los padres y de los derechos de los hijos.

“La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y debe ser protegida por la sociedad y el Estado. Se reconoce el derecho del hombre y la mujer a contraer matrimonio y a fundar una familia si tienen la edad y las condiciones requeridas para ello por las leyes internas, en la medida en que éstas no afecten al principio de no discriminación establecido en esta Convención.” – Artículo 17.1 y 17.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos.

Derechos de los padres

Comunidad y Justicia aboga por la protección irrestricta del derecho y deber de los padres a la educación preferente de sus hijos. Consideramos que este derecho es connatural a todos los hombres y que encuentra su reconocimiento positivo tanto en nuestra Constitución Política como en los Tratados Internacionales ratificados por Chile y que se encuentran vigentes.

Sin embargo, a pesar del reconocimiento expreso de este derecho en los textos positivos de derechos humanos, el desarrollo de su contenido es escaso en nuestro país. Este ha sido erradamente reducido a la posibilidad de los padres a elegir el establecimiento educacional, haciendo caso omiso del derecho que tienen siempre y en todo momento de controlar y elegir el contenido mismo de la educación recibida, en especial en cuestiones morales y religiosas, como lo señala la Convención Americana de Derechos Humanos.

Comunidad y Justicia busca proteger y fortalecer este derecho para asegurar a todos los papás y mamás de Chile, sin distinción alguna, que sean ellos los que tengan siempre la última palabra respecto de la forma de educar a sus hijos.

Derechos de los niños

La Convención Internacional de los Derechos del Niño es el tratado de más amplia ratificación en la historia. En Comunidad y Justicia compartimos la misión de proteger y promover los derechos de los menores de edad. Nos guía el principio básico del bien superior del niño, reconocido en forma explícita tanto en nuestra legislación doméstica como en tratados internacionales. Entendemos, así mismo, que debe integrarse como una consideración primordial al momento de la toma de decisiones en política pública y en cuestiones judiciales.

En Comunidad y Justicia creemos que la correcta lectura y promoción de los derechos de los niños, exige que ellos sean considerados a la par de los derechos de los padres en relación a sus hijos. El carácter de sujetos de derecho de los primeros debe de respetarse en atención a la existencia de los derechos y deberes de los segundos con sus niños, tal y como lo señala en reiteradas disposiciones la Convención Americana de Derechos Humanos, entre otras.

Así, trabajamos por promover una visión de estos derechos coherente con la concepción de la familia como la unidad fundamental desde la que se estructura toda la sociedad. Una entidad moral que por sí misma tiene ciertos derechos inalienables y en la que debe primar tanto el bienestar de cada uno de sus miembros como el de la familia en su conjunto, bajo un paradigma de ella como unidad independiente de los miembros que la componen.

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